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Legislación › Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Disposición adicional cuarta. Aplicación.

Disposición adicional cuarta. Aplicación.

Será aplicable el Real Decreto 2133/1986, de 19 de septiembre, por el que se establecen las normas a que deberá ajustarse la pesca marítima de recreo en aguas del mar territorial español correspondiente al archipiélago canario, en todo lo que no se oponga al presente real decreto.

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