Legislación › Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo.
ANEXO I
ANEXO I
a) Incluir los procedimientos y trámites que a continuación se relacionan a los ya incluidos en el ámbito de aplicación del Registro Electrónico de la Mutualidad General Judicial:
– Afiliación de viudas/os y huérfanas/os.
– Baja de titulares.
– Auxilio por defunción del Fondo Especial.
– Beca de estudio del Fondo Especial.
– Pensión de viudedad del Fondo Especial.
– Pensión de orfandad del Fondo Especial.
– Pensión de jubilación del Fondo Especial.
– Tratamientos médicos especiales en el extranjero.
– Asistencia sanitaria del mutualista en el extranjero por destino o residencia.
– Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.
– Ayuda económica por parto, adopción o acogimiento múltiple.
– Ayuda por nacimiento o adopción de un hijo.
– Solicitud de talonarios de partes de baja.
– Solicitud del certificado del IRPF.
– Consulta del estado de las solicitudes.
b) Dar de baja los procedimientos y trámites que a continuación se relacionan incluidos en el ámbito de aplicación del Registro Electrónico de la Mutualidad General Judicial:
– Ayuda adquisición de vivienda financiada mediante préstamo hipotecario.
– Ayuda intervención oftalmológica de defecto de refracción.
– Ayuda podología para mayores.
– Ayuda termalismo social para mayores.
– Renovación de la ayuda del programa de atención a personas mayores.
– Revisión de la ayuda del programa de atención a personas mayores.
Se modifica por el apartado único de la Resolución de 17 de abril de 2013. BOE-A-2013-5074.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de mayo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-5074 | Leer | Qué cambió |
| 15 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


