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Legislación › Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo.

ANEXO I

ANEXO I

a) Incluir los procedimientos y trámites que a continuación se relacionan a los ya incluidos en el ámbito de aplicación del Registro Electrónico de la Mutualidad General Judicial:

– Afiliación de viudas/os y huérfanas/os.

– Baja de titulares.

– Auxilio por defunción del Fondo Especial.

– Beca de estudio del Fondo Especial.

– Pensión de viudedad del Fondo Especial.

– Pensión de orfandad del Fondo Especial.

– Pensión de jubilación del Fondo Especial.

– Tratamientos médicos especiales en el extranjero.

– Asistencia sanitaria del mutualista en el extranjero por destino o residencia.

– Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.

– Ayuda económica por parto, adopción o acogimiento múltiple.

– Ayuda por nacimiento o adopción de un hijo.

– Solicitud de talonarios de partes de baja.

– Solicitud del certificado del IRPF.

– Consulta del estado de las solicitudes.

b) Dar de baja los procedimientos y trámites que a continuación se relacionan incluidos en el ámbito de aplicación del Registro Electrónico de la Mutualidad General Judicial:

– Ayuda adquisición de vivienda financiada mediante préstamo hipotecario.

– Ayuda intervención oftalmológica de defecto de refracción.

– Ayuda podología para mayores.

– Ayuda termalismo social para mayores.

– Renovación de la ayuda del programa de atención a personas mayores.

– Revisión de la ayuda del programa de atención a personas mayores.

Se modifica por el apartado único de la Resolución de 17 de abril de 2013. BOE-A-2013-5074.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de mayo de 2013 En vigor BOE-A-2013-5074 Leer Qué cambió
15 de abril de 2011 Texto original Leer

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