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Legislación › Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana.

Artículo 46. Disposiciones comunes.

Artículo 46. Disposiciones comunes.

En lo no previsto en la presente ley, el personal de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas tendrá los mismos derechos y obligaciones que el resto del personal al servicio de las administraciones públicas.

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