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Legislación › Ley 2/2011, de 22 de marzo, por la que se regula la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Disposición adicional quinta. Distribución de la compensación por gastos derivados de la participación institucional.

Disposición adicional quinta. Distribución de la compensación por gastos derivados de la participación institucional.

La distribución de la compensación para los gastos derivados de la participación institucional constará de dos mitades iguales que se destinarán, respectivamente, a la representación empresarial y a la representación sindical. Las cuantías resultantes se repartirán en proporción al número de componentes que se asignen a cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears.

Se añade por la disposición final 12.4 de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-558

Se deroga por la disposición derogatoria única.j) de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre. BOE-A-2012-2272

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-558 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
1 de abril de 2011 Texto original Leer

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