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Legislación › Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.

Artículo 39. Información sobre retribuciones y declaraciones patrimoniales.

Artículo 39. Información sobre retribuciones y declaraciones patrimoniales.

1. Los miembros del Gobierno y los altos cargos tienen la obligación de formular una declaración patrimonial que abarque la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, en los términos que reglamentariamente se establezcan, que quedará bajo la responsabilidad del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears.

2. Las retribuciones que los miembros del Gobierno y los altos cargos perciban en razón de su cargo tienen que ser objeto de publicidad oficial con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos. Esta publicidad se realizará a través de la página web institucional.

3. También se dará publicidad a las compensaciones, los beneficios o las indemnizaciones que se reciban por cualquier concepto vinculado con el ejercicio del cargo público.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2 de la Ley 2/2024, de 11 de abril. BOE-A-2024-8369

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre. BOE-A-2017-267

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de abril de 2024 En vigor BOE-A-2024-8369 Leer Qué cambió
16 de diciembre de 2016 BOE-A-2017-267 Leer Qué cambió
10 de abril de 2011 Texto original Leer

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