Legislación › Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.
Artículo 39. Información sobre retribuciones y declaraciones patrimoniales.
Artículo 39. Información sobre retribuciones y declaraciones patrimoniales.
1. Los miembros del Gobierno y los altos cargos tienen la obligación de formular una declaración patrimonial que abarque la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, en los términos que reglamentariamente se establezcan, que quedará bajo la responsabilidad del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears.
2. Las retribuciones que los miembros del Gobierno y los altos cargos perciban en razón de su cargo tienen que ser objeto de publicidad oficial con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos. Esta publicidad se realizará a través de la página web institucional.
3. También se dará publicidad a las compensaciones, los beneficios o las indemnizaciones que se reciban por cualquier concepto vinculado con el ejercicio del cargo público.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2 de la Ley 2/2024, de 11 de abril. BOE-A-2024-8369
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre. BOE-A-2017-267
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de abril de 2024 En vigor | BOE-A-2024-8369 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2016 | BOE-A-2017-267 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


