Legislación › Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.
Artículo 42. Calidad normativa.
Artículo 42. Calidad normativa.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 1/2019, de 31 de enero. BOE-A-2019-2862
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de febrero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2862 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


