Legislación › Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.
Disposición adicional tercera. Gasto público.
Disposición adicional tercera. Gasto público.
Esta ley no puede suponer ningún incremento de gasto público.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria única →


