Legislación › Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
Para el cumplimiento de lo que se prescribe del artículo 7 al 12 de esta ley, se establece un plazo hasta el 31 de diciembre de 2012.
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