Legislación › Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.
Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.
Las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género, totales o parciales, tienen la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales, de salud, o los servicios especializados en materia de género, según proceda.
Se modifica por la disposición final 2 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre. BOE-A-2018-17065
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2018 En vigor | BOE-A-2018-17065 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2011 | Texto original | Leer |


