LexTotal

Legislación › Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.

Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.

Las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género, totales o parciales, tienen la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales, de salud, o los servicios especializados en materia de género, según proceda.

Se modifica por la disposición final 2 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre. BOE-A-2018-17065

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de noviembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-17065 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2011 Texto original Leer

← Artículo 105 Índice Artículo 107 →