Legislación › Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
Disposición transitoria cuarta. Expedientes sancionadores.
Disposición transitoria cuarta. Expedientes sancionadores.
Los expedientes sancionadores abiertos antes de la entrada en vigor de la presente Ley se rigen por la normativa vigente en el momento de su apertura, salvo en los supuestos en que los preceptos de esta Ley sean más favorables a los presuntos infractores.
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