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Legislación › Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.

Artículo 39. Plazo para resolver y acto presunto.

Artículo 39. Plazo para resolver y acto presunto.

1. El plazo para dictar y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento será de 15 días desde la presentación de la correspondiente solicitud.

2. El transcurso de dicho plazo sin que se dicte y notifique resolución expresa determinará la obtención de la autorización por silencio administrativo positivo.

3. Como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, las solicitudes que impliquen, expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos de la Administración competente para resolver el procedimiento podrán entenderse denegadas transcurrido el mencionado plazo.

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