Legislación › Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética.
Disposición transitoria primera. Inicio de la aplicación del peaje de acceso supervalle y la TUR con discriminación horaria supervalle.
Disposición transitoria primera. Inicio de la aplicación del peaje de acceso supervalle y la TUR con discriminación horaria supervalle.
Lo establecido en la disposición adicional primera y en la Orden ITC/1659/2009, de 22 de junio, en cuanto es objeto de modificación por este real decreto, será de aplicación a partir de la primera revisión de peajes que se apruebe tras la entrada en vigor del mismo.
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