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Legislación › Real Decreto 1144/2012, de 27 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 2. Identificación.

Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Navegación y Pesca de Litoral.

Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.

Duración: 2000 horas.

Familia Profesional: Marítimo Pesquera.

Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.

El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Se añade un párrafo por el art. 2 del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo. BOE-A-2024-10684

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10684 Leer Qué cambió
31 de agosto de 2012 Texto original Leer

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