Legislación › Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
Disposición transitoria tercera. Ordenanzas y disposiciones municipales.
Disposición transitoria tercera. Ordenanzas y disposiciones municipales.
Desde la entrada en vigor de la presente ley, las ordenanzas y disposiciones aprobadas por las entidades locales que no se ajusten a lo dispuesto en la misma quedarán sin efecto, disponiéndose de un plazo de un año para su adaptación.
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