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Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 8 de septiembre de 2012 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de monte o terreno forestal. 6 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 3. Principios de la Ley.
- Artículo 4. Derechos de las personas propietarias de los montes.
- Artículo 5. Función social de los montes.
- Artículo 6. Objetivos.
- Artículo 7. Potestad normativa.
- Artículo 8. Definiciones. 5 redacciones · cambió el 29/12/2023
- TÍTULO I
- Artículo 9. Competencias del Consello de la Xunta.
- Artículo 10. Atribuciones de la consejería competente en materia de montes.
- Artículo 11. Competencias de la Administración local.
- Artículo 12. Consejo Forestal de Galicia.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 13. Clasificación de los montes por su titularidad.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 14. Clasificación de los montes públicos.
- Artículo 15. Montes de dominio público.
- Artículo 16. Montes patrimoniales.
- Sección 2
- Artículo 17. Clasificación de los montes privados.
- Artículo 18. Montes de particulares.
- Artículo 19. Montes denominados de varas, abertales, de voces, de vocerío o de fabeo.
- Artículo 20. Montes vecinales en mano común. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Sección 3
- Artículo 21. Concepto. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 22. Gestión de montes protectores.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 23. Montes de dominio público.
- Artículo 24. Afectación al dominio público.
- Artículo 25. Desafectación de los montes de dominio público.
- Sección 2
- Artículo 26. De la usucapión o prescripción adquisitiva.
- Sección 3
- Artículo 27. Declaración de montes de utilidad pública.
- Artículo 28. Pérdida de condición de la utilidad pública. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 29. El Catálogo de montes de utilidad pública.
- Artículo 30. Inclusión y exclusión de los montes del Catálogo de montes de utilidad pública.
- Artículo 31. Efectos jurídicos de la inclusión de los montes en el Catálogo de montes de utilidad pública.
- Artículo 32. Permutas de montes catalogados de utilidad pública. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 33. Concurrencia de declaraciones demaniales.
- Sección 4
- Artículo 34. Gestión de los montes públicos.
- Artículo 35. Proyectos de ordenación y planes de mejoras.
- Artículo 36. Comisión de Montes de Dominio Público Catalogados.
- Sección 5
- Artículo 37. Concesiones y autorizaciones en montes de dominio público.
- Artículo 38. Otorgamiento de autorizaciones.
- Artículo 39. Condiciones generales para el otorgamiento de concesiones para uso privativo en montes de dominio público.
- Artículo 40. Concesiones de interés público.
- Artículo 41. Concesiones de interés particular.
- Artículo 42. Servidumbres en montes públicos.
- Sección 6
- Artículo 43. Potestad investigadora y recuperación de oficio.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 44. Gestión de los montes privados. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 45. De los montes denominados de varas, abertales, de voces, de vocerío o de fabeo. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 46. De los montes vecinales en mano común.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 47. Potestad de deslinde.
- Artículo 48. Inicio del procedimiento.
- Artículo 49. Procedimiento.
- Artículo 50. Aprobación.
- Artículo 51. Amojonamiento.
- Sección 2
- Artículo 52. De las fases del deslinde.
- Artículo 53. Del procedimiento de deslinde entre montes vecinales en mano común.
- Artículo 54. Del procedimiento de deslinde de montes vecinales con propiedades particulares. 3 redacciones · cambió el 29/01/2021
- Artículo 55. Del amojonamiento de montes vecinales en mano común.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 56. Adquisición de terrenos por la administración.
- Artículo 57. Adquisición de terrenos por las comunidades de montes vecinales en mano común.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 58. Uso y actividad forestal.
- Artículo 59. Cambio de uso forestal. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Artículo 60. Cambios de actividad forestal a agrícola.
- Artículo 60 bis.
- Artículo 61. Cambio de actividad agrícola a forestal. 3 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Artículo 62. Supuestos especiales de cambio de actividad. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Artículo 63. Ocupaciones.
- Artículo 64. Medidas de restauración.
- Artículo 65. Restauración hidrológico-forestal.
- Artículo 66. Informes sobre los instrumentos de ordenación del territorio y sobre el planeamiento urbanístico. 3 redacciones · cambió el 31/12/2015
- Artículo 67. Condiciones que deben cumplir las repoblaciones forestales. 4 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Artículo 67 bis. Ejecución subsidiaria en las repoblaciones forestales ilegales. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 68. Distancias de las repoblaciones.
- Artículo 68 bis. Adecuación de las masas arboladas y de las nuevas plantaciones a las distancias mínimas establecidas por la normativa forestal y de defensa contra los incendios forestales. 3 redacciones · cambió el 30/12/2022
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 69. Límites a las parcelaciones, divisiones o segregaciones.
- Sección 2
- Artículo 70. Concentración parcelaria en terrenos forestales. 3 redacciones · cambió el 21/05/2021
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 71. Instrumentos de planificación forestal.
- Artículo 72. Plan forestal de Galicia.
- Artículo 73. Eficacia vinculante del Plan forestal de Galicia.
- Artículo 74. Planes de ordenación de los recursos forestales. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Artículo 75. Procedimiento de elaboración, aprobación y modificación de los planes de ordenación de recursos forestales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 76. Contenido de los planes. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 76 bis. Planes de ordenación de recursos forestales simplificados.
- CAPÍTULO II
- Artículo 77. De la ordenación de los montes. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 78. De las instrucciones generales para la ordenación de los montes y sus categorías.
- Artículo 79. De los instrumentos de ordenación o gestión forestal: categorías. 2 redacciones · cambió el 09/02/2017
- Artículo 80. Elaboración de los instrumentos de ordenación o gestión forestal. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 81. Aprobación y efectos de los instrumentos de ordenación o gestión forestal. 4 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 82. Modificación y revisión de los instrumentos de ordenación o gestión forestal.
- Artículo 83. Incumplimiento del instrumento de ordenación o gestión forestal. 2 redacciones · cambió el 25/10/2017
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 84. De los productos y servicios del monte. 2 redacciones · cambió el 25/10/2017
- CAPÍTULO II
- Artículo 85. Pastos, caza, setas, frutos, plantas aromáticas y medicinales, corchos, resinas y otros productos forestales.
- Artículo 86. Pastoreo.
- Artículo 87. Aprovechamientos cinegéticos.
- Artículo 88. Servicios del monte. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 89. Enajenaciones de los recursos forestales en montes públicos patrimoniales.
- Artículo 90. Enajenaciones en los montes de gestión pública. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 91. Destino de los rendimientos de las enajenaciones de madera en tala final. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Sección 2
- Artículo 92. De los aprovechamientos madereros sujetos a autorización administrativa. 4 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 92 bis. Aprovechamientos madereros sujetos a declaración responsable. 4 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 93. Aprovechamientos en masas consolidadas de frondosas autóctonas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Artículo 94. Disposiciones comunes al régimen administrativo de los aprovechamientos madereros. 3 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Artículo 95. De la biomasa forestal. 3 redacciones · cambió el 30/12/2022
- TÍTULO V
- Artículo 96. Construcción de infraestructuras públicas no forestales.
- Artículo 97. De la incidencia de la normativa urbanística en materia de infraestructuras forestales.
- Artículo 98. Pistas forestales.
- TÍTULO VI
- Artículo 99. La cadena monte-industria.
- Artículo 100. Mesa de la Madera.
- Artículo 101. Otras mesas sectoriales de productos del monte.
- Artículo 102. Registro de Empresas del Sector Forestal.
- Artículo 103. Estadística forestal gallega.
- Artículo 104. Comercio responsable de productos forestales. 2 redacciones · cambió el 25/10/2017
- Artículo 105. Certificación forestal.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 106. De la educación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 107. Formación.
- Artículo 108. Programas de divulgación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 109. Investigación.
- Artículo 110. Transferencia de la información, materiales y resultados.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 111. De la conservación y mejora de los recursos genéticos forestales.
- Artículo 112. Del material forestal de reproducción. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- CAPÍTULO II
- Artículo 113. Entes proveedores de material forestal de reproducción.
- TÍTULO IX
- Artículo 114. Marco jurídico de la sanidad forestal.
- Artículo 115. Declaración de plagas o enfermedades forestales.
- Artículo 116. Actuaciones de la Administración forestal.
- Artículo 117. Obligaciones de los titulares de montes y gestores forestales.
- Artículo 118. Seguimiento y controles.
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 119. De las acciones de fomento forestal.
- Artículo 120. Medidas de fomento.
- Artículo 121. De las prioridades en las medidas de fomento 3 redacciones · cambió el 21/05/2021
- CAPÍTULO II
- Artículo 122. Agrupaciones forestales de gestión conjunta. 6 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 122 bis. Objeto de las agrupaciones forestales de gestión conjunta. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 122 ter a). Requisitos, facultades y obligaciones de las agrupaciones forestales de gestión conjunta con base territorial. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 122 ter b). Requisitos de las agrupaciones forestales de gestión conjunta básicas.
- Artículo 122 quater. Del reconocimiento de las agrupaciones forestales de gestión conjunta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 122 quinquies. Sociedades de fomento forestal. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 122 sexies. Gestión de las parcelas incluidas en el ámbito de actuación de gestión forestal conjunta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 123. Contratos temporales de gestión pública. 5 redacciones · cambió el 31/12/2024
- CAPÍTULO III
- Artículo 124. Fondo de mejoras. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 125. Cuotas de reinversión en montes vecinales en mano común. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
- CAPÍTULO IV
- Artículo 125 bis. Del Registro.
- Artículo 125 ter. De la inscripción, modificación y baja en el Registro Voluntario de Silvicultores/as Activos/as.
- TÍTULO XI
- Artículo 126. Sistema registral forestal de Galicia. 5 redacciones · cambió el 31/12/2025
- TÍTULO XII
- CAPÍTULO I
- Artículo 127. Concepto.
- Artículo 128. Infracciones en materia de montes. 4 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 129. Calificación de las infracciones. 5 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 130. Prescripción de las infracciones.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 131. Cuantía de las multas.
- Artículo 132. Criterios para la graduación de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Sección 2
- Artículo 133. Obligación de reparar. 3 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 134. Indemnización.
- Artículo 135. Sanciones accesorias. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Artículo 136. Decomisos. 3 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Sección 3
- Artículo 137. Prescripción.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 138. Tramitación y competencia. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Sección 2
- Artículo 139. Presunción de veracidad.
- Sección 3
- Artículo 140. Sujetos responsables.
- Artículo 141. Medidas preventivas.
- Artículo 142. Vinculación con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 143. Caducidad del procedimiento.
- Artículo 144. Ejecutividad de las resoluciones.
- Sección 4
- Artículo 145. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 146. Apremio sobre el patrimonio.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 147. Registro de infractores.
- Disposición adicional primera. Defecto de licencia municipal.
- Disposición adicional segunda. Mecenazgo. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Disposición adicional tercera. De los bosques como sumideros de carbono.
- Disposición adicional tercera bis. Consideración de la cesión o mantenimiento del carbono almacenado en los montes como aprovechamiento forestal y protección de la integridad de las comunidades de montes vecinales en mano común.
- Disposición adicional tercera ter. Sistema voluntario de créditos de carbono.
- Disposición adicional cuarta. Regeneración de masas arbóreas preexistentes. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Disposición adicional quinta. Autorizaciones administrativas.
- Disposición adicional sexta. Convenios con las asociaciones del sector forestal.
- Disposición adicional séptima. Información geolocalizada de espacios sujetos a algún régimen de protección y de ámbitos de protección del dominio público.
- Disposición adicional octava. Montes de socios.
- Disposición adicional novena. Reconocimiento de la condición de titulares de explotación agraria de las personas silvicultoras activas.
- Disposición adicional décima. De los titulares con terrenos inscritos en el Registro de Masas Consolidadas de Frondosas Autóctonas.
- Disposición adicional undécima. Terrenos inscritos en el Registro de Montes de Varas, Abertales, de Voces, de Vocerío o de Fabeo.
- Disposición adicional decimosegunda. Inclusión en la división de agrupaciones de gestión conjunta con base territorial.
- Disposición transitoria primera. Terrenos sujetos a algún régimen de servidumbre o afección de derecho público.
- Disposición transitoria segunda. Servidumbres en montes demaniales.
- Disposición transitoria tercera. Ordenanzas y disposiciones municipales.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de los planes generales de ordenación municipal.
- Disposición transitoria quinta. Cortas en suelos urbanizables.
- Disposición transitoria sexta. Disposición de instrumento de ordenación o gestión forestal obligatorio. 3 redacciones · cambió el 29/01/2021
- Disposición transitoria séptima. Reglamento del fondo de mejoras.
- Disposición transitoria octava. Régimen transitorio de las solicitudes de ayudas, subvenciones y beneficios fiscales.
- Disposición transitoria novena. Montes con consorcios o convenios con la Administración. 4 redacciones · cambió el 28/12/2017
- Disposición transitoria décima. Procedimientos en tramitación y adecuación a las distancias previstas para repoblaciones. 3 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Disposición transitoria undécima. Inscripción en el Catálogo de montes de utilidad pública.
- Disposición transitoria duodécima. Concentraciones parcelarias en tramitación.
- Disposición transitoria decimotercera. Revisión de croquis de montes vecinales en mano común. 2 redacciones · cambió el 09/02/2017
- Disposición transitoria decimocuarta. Avenencias realizadas entre montes vecinales en mano común.
- Disposición transitoria decimoquinta. Aprovechamientos individuales en montes vecinales en mano común.
- Disposición transitoria decimosexta. Aprovechamientos por las personas propietarias en montes que cuenten con un convenio firmado con la Administración forestal. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 2 redacciones · cambió el 21/05/2021
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Disposición final cuarta. De la modificación de los anexos.
- Disposición final quinta. Habilitación normativa.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


