Legislación › Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
Disposición adicional decimosegunda. Inclusión en la división de agrupaciones de gestión conjunta con base territorial.
Disposición adicional decimosegunda. Inclusión en la división de agrupaciones de gestión conjunta con base territorial.
Tanto las sociedades de fomento forestal como las demás agrupaciones forestales de gestión conjunta ya inscritas en el Registro de Agrupaciones Forestales de Gestión Conjunta serán incluidas en la división de agrupaciones forestales de gestión conjunta con base territorial.
Se añade por el art. 87.18 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre. BOE-A-2025-2145
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