LexTotal

Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.

Artículo 96. Actuaciones directas del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Artículo 96. Actuaciones directas del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Sin perjuicio de las ayudas y subvenciones que se establezcan en cada programa específico, las actuaciones de rehabilitación, regeneración o renovación podrán llevarse a cabo directamente por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y las viviendas resultantes podrán ser tanto libres como protegidas.

Se modifica por la disposición final 3.2 de Ley 1/2019, de 22 de abril. BOE-A-2019-7839

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-7839 Leer Qué cambió
13 de agosto de 2012 Texto original Leer

← Artículo 95 Índice Artículo 97 →