Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.
Disposición transitoria tercera. Retroactividad sobre la dación en pago en la vivienda protegida.
Disposición transitoria tercera. Retroactividad sobre la dación en pago en la vivienda protegida.
Lo establecido en el apartado 2 del artículo 64, por considerarse una norma favorable, se aplicará retroactivamente a las viviendas protegidas calificadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
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