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Legislación › Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos.

Disposición adicional única. Presentación de las formalidades informativas en los puertos autonómicos.

Disposición adicional única. Presentación de las formalidades informativas en los puertos autonómicos.

En el caso de escala de los buques en los puertos autonómicos la notificación a la que se refiere el artículo 3 de este real decreto se realizará a Puertos del Estado por el capitán del buque o por cualquier otra persona debidamente autorizada, por el operador del buque o por la empresa naviera, en los términos y plazos establecidos en este real decreto.

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