LexTotal

Legislación › Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos.

Disposición transitoria única. Formalidades informativas para las mercancías peligrosas.

Disposición transitoria única. Formalidades informativas para las mercancías peligrosas.

Hasta el 19 de mayo de 2013 las formalidades informativas relativas a las mercancías peligrosas podrán ser cumplimentadas en formato distinto al requerido para la transmisión electrónica de datos.

← Disposición adicional única Índice Disposición derogatoria única →