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Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 22 de septiembre de 2012 · Último cambio el 16 de febrero de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Notificación previa a la llegada a puerto de interés general.
- Artículo 4. Transmisión electrónica de datos.
- Artículo 5. Intercambio de datos.
- Artículo 6. Confidencialidad.
- Artículo 7. Exenciones a la obligación de transmitir las formalidades informativas.
- Disposición adicional única. Presentación de las formalidades informativas en los puertos autonómicos.
- Disposición transitoria única. Formalidades informativas para las mercancías peligrosas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO
- APÉNDICE


