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Legislación › Ley 8/2012, de 23 de noviembre, por la que se regulan los organismos de certificación administrativa.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Es objeto de la presente norma la regulación de las condiciones, requisitos y funciones y la creación del registro de los organismos de certificación administrativa (OCA) que, con independencia del lugar de su domicilio, efectúen las funciones de comprobación, informe y certificación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

2. El ámbito de actuación de los OCA atenderá a lo dispuesto en Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana y en el resto de normativa que les resulte aplicable.

Se modifica por el art. 98.1 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. BOE-A-2025-1

Se modifica por el art. 93.1 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. DOGV-r-2024-90142

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-1 Leer Qué cambió
11 de julio de 2024 BOE-A-2024-90142 Leer Qué cambió
29 de noviembre de 2012 Texto original Leer

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