Legislación › Real Decreto 1675/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2012 y la del 29 de diciembre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (77 palabras). Subrayado: lo que se añadió (108 palabras).
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ANEXO I
Criterios básicos y especificaciones técnicas de los vales de estupefacientes para oficinas y servicios de farmacia, almacenes de distribución y laboratorios farmacéuticos
Los vales de entrega de estupefacientes para oficinas y servicios de farmacia, almacenes de distribución y laboratorios farmacéuticos se adaptarán a las características comunes que se establecen en este anexo.
1. En el ángulo superior izquierdo del modelo que se incorpora en este anexo, tanto en la hoja para diligencia de entrega y recibo (en matriz y recibo) como en el vale (en matriz y vale), se hará constar la identidad de la Administración que emite los vales.
Las dimensiones de los espacios destinados a cada uno de los datos que deben figurar en la matriz y en el vale se adaptarán a los requisitos de edición o impresión que las Administraciones sanitarias establezcan.
2. Cada vale se utilizará exclusivamente para una sustancia activa estupefaciente y en medicamentos para un solo tamaño de envase.
3. Especificaciones técnicas de los vales oficiales de entregas de estupefacientes para farmacias, almacenes y laboratorios: laboratorios.
a) Tamaño 21 Tamaño: 22 por 10,5 12,7 centímetros.
b) Numeración doble en todos los vales (en matriz Cada talonario estará numerado y vale), impresa en negro. constará de:
c) Cubierta impresa 1.º Cubierta: Impresa a 1/1 1/0 tintas (P-2925 U), sobre papel couché soporte estucado de 150 g/m2. gramos.
d) En cada talonario, como página primera, una hoja 2.º Hoja de apertura: Ubicada tras la cubierta con número de talonario y código de barras. Impresa a 1/0 tintas, en papel azul offset blanco de 90 gramos, para diligencia de entrega y recibo.
e) Cada talonario constará de 3.º 100 hojas (vales), más una adicional, impresas a 1/1 tinta vales numerados y con código de barras impresos en papel litos blanco offset de 80 g/m2. 90 gramos de color
f) Pantoneazul P-2925. blanco.
g) La encuadernación se realizará 4.º Número de tintas del vale: 3/0.
c) Numeración doble en hojas alzadas todos los vales (en matriz y cosidas con grapa. Cubierta pegada. vale), impresa en negro.
h) Se incluirá
d) Encuadernación: Todo el proceso bloque encolado y grapado al margen izquierdo. El cuerpo del vale llevará una línea de fabricación trepado para facilitar la realización separación de medida antifalsificación la matriz.
e) Medidas de “golpe seco”. seguridad: Tintas luminiscentes y anticopia con microimpresión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-13731 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2012 | Texto original | Leer |


