Legislación › Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
La carrera docente
Téngase en cuenta que quedan derogadas, con efectos desde el 30 de diciembre de 2008, las referencias a la condición de catedrático del capítulo IV, según establece la disposición derogatoria de la Ley 15/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2011-15729
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2008 En vigor | BOE-A-2011-15729 | Leer | Qué cambió |
| 26 de febrero de 1993 | Texto original | Leer |


