LexTotal

Legislación › Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.

Artículo 24. Patrimonio.

Artículo 24. Patrimonio.

El régimen patrimonial de la Autoridad Vasca de la Competencia se regirá por lo dispuesto en la legislación vigente sobre el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →