Legislación › Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.
Disposición adicional tercera. Nombramiento de los representantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Junta Consultiva en materia de conflictos.
Disposición adicional tercera. Nombramiento de los representantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Junta Consultiva en materia de conflictos.
El consejero o consejera competente en materia de política económica y defensa de la competencia nombrará, a iniciativa del Consejo Vasco de la Competencia, a los representantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Junta Consultiva en materia de conflictos creada por la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →


