Legislación › Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se faculta al Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco para dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de lo establecido en la presente Ley, y para distribuir entre sus Órganos las facultades que en la misma se le atribuyen.
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