Legislación › Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
Artículo 13.
Artículo 13.
Las relaciones de puestos de trabajo son el instrumento mediante el cual las Administraciones Públicas vascas racionalizan y ordenan sus estructuras internas, determinan sus necesidades de personal, definen los requisitos exigidos para su desempeño y clasifican cada uno de ellos.


