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Legislación › Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

Artículo 34. Estudio económico-financiero y actuarial.

Artículo 34. Estudio económico-financiero y actuarial.

Junto al acta de la asamblea constituyente se aportará el estudio económico-financiero y actuarial, en su caso, que haya sido soporte de la creación de la entidad y de aprobación de sus estatutos. Tal estudio hará constar el sistema de financiación y valorará las prestaciones a otorgar y las normas para determinar su importe.

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