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Legislación › Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia.

Artículo 42. Recurso al endeudamiento.

Artículo 42. Recurso al endeudamiento.

1. La Corporación RTVG y cualquier otra sociedad en la que posea, directa o indirectamente, la mayoría del capital social sólo podrán realizar operaciones de crédito, en la medida y con los límites máximos establecidos en la normativa vigente, para la financiación de sus inversiones en inmovilizado material e inmaterial y para atender necesidades transitorias de tesorería.

2. Los límites de tal endeudamiento quedarán fijados, para cada ejercicio, en la ley de presupuestos de cada año.

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