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Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.

Disposición adicional segunda. Creación de los órganos nuevos y adaptación de los existentes.

Disposición adicional segunda. Creación de los órganos nuevos y adaptación de los existentes.

Los órganos administrativos de nueva creación que se prevén en la presente ley y la adaptación a ésta de los existentes se producirá en el plazo de un año, a contar desde la entrada en vigor de la presente ley.

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