Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.
Disposición transitoria única. Adaptación de los estatutos y de los reglamentos de las entidades deportivas.
Disposición transitoria única. Adaptación de los estatutos y de los reglamentos de las entidades deportivas.
Las entidades deportivas adaptarán sus estatutos y reglamentos a lo dispuesto en la presente ley, en lo que fuese necesario, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor.
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