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Legislación › Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Artículo 13. Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio de esgrima.

Artículo 13. Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio de esgrima.

1. Los ciclos desarrollados en el presente real decreto de esgrima se estructuran en módulos, agrupados en bloque común y bloque específico.

2. Los módulos de enseñanza deportiva del ciclo inicial de grado medio de esgrima son los que a continuación se relacionan:

a) Módulos del bloque común:

MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.

MED-C102. Primeros auxilios.

MED-C104. Organización deportiva.

MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.

b) Módulos del bloque específico:

MED-ESES102: Técnica de Espada.

MED-ESES103: Técnica de Florete.

MED-ESES104: Técnica de Sable.

MED-ESES105: Didáctica en la iniciación en la esgrima.

MED-ESES106: Reglamento, historia y material.

MED-ESES107: Organización de eventos.

MED-ESES108: Formación práctica.

3. Los módulos de enseñanza deportiva del ciclo final de grado medio de esgrima son los que a continuación se relacionan:

a) Módulos del bloque común:

MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.

MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.

MED-C204. Organización y legislación deportiva.

MED-C205. Deporte y género.

MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.

b) Módulos del bloque específico:

MED-ESES201: Escuela de la esgrima.

MED-ESES202: Preparación física del esgrimista.

MED-ESES203: Esgrima adaptada.

MED-ESES204: Organización de eventos.

MED-ESES205: Técnica de Espada.

MED-ESES206: Técnica de Florete.

MED-ESES207: Técnica de Sable.

MED-ESES208: Formación práctica.

4. La distribución horaria de las enseñanzas mínimas de los ciclos desarrollados en el presente real decreto se establecen en el anexo I.

5. Los objetivos generales y los módulos enseñanza deportiva de los ciclos inicial y final de grado medio en esgrima quedan desarrollados en los anexos II y III.

Se modifica la letra a) de los apartados 2 y 3 por el art. 7.2 y 3 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14332 Leer Qué cambió
10 de junio de 2012 Texto original Leer

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