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Legislación › Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

CAPÍTULO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1997 y la del 11 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO II
Prestación de garantías por los entes institucionales el resto de entidades del sector público de la Comunidad Autónoma que se rijan por el derecho privado de Euskadi

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-90003 Leer Qué cambió
11 de enero de 2007 BOE-A-2011-17403 Leer Qué cambió
1 de enero de 1997 Texto original Leer

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