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Legislación › Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Artículo 18. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2012 y la del 15 de julio de 2012. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 18. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan los costes de personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2012 y por los importes consignados en el anexo VI a continuación, sin incluir trienios ni seguridad social:
Personal Docente
(funcionario y contratado)
Miles
de esta Ley. euros
·
Personal no Docente
(funcionario y laboral fijo)
Miles de euros
·
52.106,23
·
25.426,66
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9364 Leer Qué cambió
1 de julio de 2012 Texto original Leer

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