Legislación › Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Artículo 70. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Artículo 70. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
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Escala |
Transmisiones directas – Euros |
Transmisiones transversales – Euros |
Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Euros |
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1.º Por cada título con grandeza |
2.620 |
6.567 |
15.745 |
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2.º Por cada grandeza sin título |
1.873 |
4.695 |
11.240 |
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3.º Por cada título sin grandeza |
746 |
1.873 |
4.506 |


