LexTotal

Legislación › Ley 12/2012, de 21 de junio, contra el Dopaje en el Deporte.

Disposición final cuarta.

Disposición final cuarta.

Las federaciones deportivas y cualesquiera organizaciones deportivas a las que resulte de aplicación la presente ley procederán, en el plazo de un año, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la ley, a la adaptación de sus Estatutos y Reglamentos.

← Disposición final tercera Índice Disposición final quinta →