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Ley 12/2012, de 21 de junio, contra el Dopaje en el Deporte.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 5 de julio de 2012 · Último cambio el 20 de mayo de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Concepto de dopaje y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 2. Principios generales.
- Artículo 3. Responsabilidades de las y los deportistas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 4. Responsabilidades del personal del entorno de las y los deportistas y de los animales que participan en competiciones deportivas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 5. Responsabilidades de los poderes públicos.
- Artículo 6. Responsabilidades de las entidades deportivas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 7. Responsabilidad de las personas y entidades organizadoras de eventos deportivos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 8. Derechos de las y los deportistas.
- Artículo 9. Patrocinio de deportistas y entidades.
- Artículo 10. Competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 11. Consejo Consultivo y Comité Vasco de Autorizaciones de Uso Terapéutico (COVAUT). 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- CAPÍTULO II
- Artículo 12. Deportistas con obligación de someterse a control de dopaje. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 13. De las garantías en los controles y de los efectos legales de los mismos. 4 redacciones · cambió el 20/05/2025
- Artículo 14. Obligaciones accesorias y autorizaciones de uso terapéutico. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 15. Bajas deportivas.
- Artículo 16. Controles de dopaje y controles de salud. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 17. Planificación y gestión de los controles.
- Artículo 18. Competencia para la realización de los controles. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 19. Publicidad de la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Ámbito de aplicación del régimen disciplinario.
- Artículo 21. Ámbito de aplicación del régimen administrativo sancionador. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 22. Responsabilidad de deportistas y de su entorno.
- Artículo 22 bis. Suspensión provisional. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 23. Tipificación de infracciones. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 24. Sanciones a deportistas. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 24 bis. Sanciones por infracciones múltiples. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 25. Sanciones a los clubes y equipos deportivos.
- Artículo 26. Sanciones a técnicos, técnicas, jueces, juezas, árbitros, árbitras y demás personas con licencia deportiva, personal directivo, dirigentes o personal de federaciones deportivas, de ligas profesionales, de entidades organizadoras de competiciones deportivas de carácter oficial o no oficial, clubes o equipos deportivos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 27. Sanciones a médicos, médicas y demás personal sanitario de clubes o equipos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 28. Criterios para la imposición de sanciones en materia de dopaje. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 29. Imposición de sanciones pecuniarias. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 30. Consecuencias accesorias de la infracción y alteración de resultados. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 31. Eficacia de las sanciones y pérdida de la capacidad para obtener licencia deportiva.
- Artículo 31 bis. Estatus durante una suspensión de licencia. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 32. Aplicación del principio non bis in ídem.
- Artículo 33. Causas de extinción de la responsabilidad.
- Artículo 34. Prescripción de las infracciones y las sanciones. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 35. Colaboración en la detección.
- Artículo 36. Competencia en materia sancionadora de carácter administrativo. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 37. Competencia en materia de procedimientos disciplinarios. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 38. Procedimiento disciplinario. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 38 bis. Divulgación de sanciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 39. Potestad de inspección.
- Artículo 40. Decomiso.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 41. Medidas de prevención. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- Artículo 42. Sistema de información sobre el dopaje en el deporte. 3 redacciones · cambió el 28/12/2022
- Artículo 43. Control de los productos susceptibles de producir dopaje.
- Artículo 44. Productos nutricionales.
- Artículo 45. Tarjeta de salud de deportista. 2 redacciones · cambió el 13/06/2018
- CAPÍTULO V
- Artículo 46. Confidencialidad de los datos.
- Artículo 47. Autorización de cesión de datos.
- Artículo 48. Obligación de declaración de datos relativos a los productos y métodos susceptibles de producir dopaje en el deporte.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 49. Controles de dopaje a realizar en competiciones internacionales que se celebren en Euskadi.
- Artículo 50. Controles de dopaje fuera de competición a deportistas nacionales o extranjeros que compitan en Euskadi.
- Artículo 51. Controles de dopaje fuera de competición, realizados en Euskadi a deportistas con licencia por parte de organizaciones internacionales.
- Artículo 52. Efectos en Euskadi de las sanciones impuestas por las organizaciones internacionales a deportistas y demás personas con licencia.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
- Disposición final quinta.
- Firma
- ANEXO


