Legislación › Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Disposición adicional novena. Adaptación de los convenios colectivos al nuevo sistema de clasificación profesional.
Disposición adicional novena. Adaptación de los convenios colectivos al nuevo sistema de clasificación profesional.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.6 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. BOE-A-2015-11430.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11430 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2012 | Texto original | Leer |
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