Legislación › Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Disposición transitoria decimoquinta. Normas transitorias en relación con las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
Disposición transitoria decimoquinta. Normas transitorias en relación con las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.6 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. BOE-A-2015-11430.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11430 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2012 | Texto original | Leer |
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