Legislación › Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
Artículo 54 bis. Tipo de gravamen reducido del 5 %.
Artículo 54 bis. Tipo de gravamen reducido del 5 %.
El tipo de gravamen reducido del 5 % será aplicable a la entrega de bebidas refrescantes y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos.
Se modifica por la disposición final 11.8 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre. BOE-A-2025-4913
Se añade por la disposición final 7.16 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre. BOE-A-2024-10011
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-4913 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2024 | BOE-A-2024-10011 | Leer |


