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Legislación › Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.

Disposición adicional quinta. Tributación de los vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos.

Disposición adicional quinta. Tributación de los vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos.

(Sin contenido)

Se deja sin contenido por el art. 1.3 de la Ley 17/2019, de 9 de mayo. BOE-A-2019-8795

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOC núm. 139, de 17 de julio de 2012. BOE-A-2012-9871

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-8795 Leer Qué cambió
1 de julio de 2012 Texto original Leer

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