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Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.

En vigor Ministerio de Industria, Energía y Turismo · Publicada el 1 de noviembre de 2013 · Último cambio el 1 de agosto de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Definición del servicio de interrumpibilidad.
  7. Artículo 4. Mecanismo de asignación del servicio de interrumpibilidad. 3 redacciones · cambió el 23/11/2017
  8. Artículo 5. Tipos de producto y periodo de entrega. 4 redacciones · cambió el 07/04/2018
  9. CAPÍTULO III
  10. Artículo 6. Requisitos a acreditar por los consumidores para la habilitación a la prestación del servicio. 7 redacciones · cambió el 01/08/2020
  11. Artículo 7. Proceso de habilitación para la participación en la subasta. 5 redacciones · cambió el 21/08/2019
  12. CAPÍTULO IV
  13. Artículo 8. Activación del servicio. 2 redacciones · cambió el 07/04/2018
  14. Artículo 9. Requisitos para la efectiva prestación del servicio. 5 redacciones · cambió el 07/04/2018
  15. Artículo 10. Verificación de la prestación del servicio. 5 redacciones · cambió el 07/04/2018
  16. Artículo 11. Incumplimiento de las condiciones y de los requisitos de prestación del servicio de interrumpibilidad. 6 redacciones · cambió el 07/04/2018
  17. CAPÍTULO V
  18. Artículo 12. Retribución del servicio. 2 redacciones · cambió el 23/11/2017
  19. Artículo 13. Liquidación del servicio. 4 redacciones · cambió el 23/11/2017
  20. Artículo 14. Equipos, sistemas y comunicaciones.
  21. Artículo 15. Comprobación e inspección del servicio.
  22. CAPÍTULO VI
  23. Artículo 16. Obligaciones de información. 2 redacciones · cambió el 30/09/2014
  24. Disposición adicional primera. Aplicación del servicio de interrumpibilidad en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
  25. Disposición adicional segunda. Procedimientos de Operación.
  26. Disposición adicional tercera. Retribución del operador del sistema.
  27. Disposición adicional cuarta. Comprobación del funcionamiento efectivo del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. 2 redacciones · cambió el 23/11/2017
  28. Disposición transitoria primera. Periodo transitorio de adaptación.
  29. Disposición transitoria segunda. Aplicación excepcional del nuevo mecanismo.
  30. Disposición transitoria tercera. Mecanismo provisional de liquidación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. 2 redacciones · cambió el 26/12/2014
  31. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  32. Disposición final primera. Revisión de la norma.
  33. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  34. Firma