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Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Parque Móvil del Estado y las Unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.

En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 6 de febrero de 2013 · Último cambio el 2 de agosto de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Funciones.
  6. Artículo 3. Servicios de representación. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
  7. Artículo 4. Servicios generales y ordinarios. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
  8. Artículo 5. Servicios extraordinarios. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
  9. Artículo 6. Vehículos oficiales.
  10. Artículo 7. Conductores de vehículos oficiales.
  11. Artículo 8. Homologación de servicios.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 9. Funciones de las Unidades del Parque Móvil del Estado integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.
  14. Artículo 10. Criterios de utilización de los servicios automovilísticos de las unidades del Parque Móvil en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.
  15. Artículo 11. Servicios de representación.
  16. Artículo 12. Servicios generales y ordinarios.
  17. Artículo 13. Servicios extraordinarios.
  18. Artículo 14. Vehículos oficiales.
  19. Artículo 15. Conductores de vehículos oficiales.
  20. Disposición adicional única. Servicios prestados por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Madrid.
  21. Disposición transitoria única. Tarifas.
  22. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  23. Disposición final primera. Instrucciones.
  24. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  25. [firma]