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Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Parque Móvil del Estado y las Unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.
En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 6 de febrero de 2013 · Último cambio el 2 de agosto de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Funciones.
- Artículo 3. Servicios de representación. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
- Artículo 4. Servicios generales y ordinarios. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
- Artículo 5. Servicios extraordinarios. 2 redacciones · cambió el 27/02/2018
- Artículo 6. Vehículos oficiales.
- Artículo 7. Conductores de vehículos oficiales.
- Artículo 8. Homologación de servicios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Funciones de las Unidades del Parque Móvil del Estado integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.
- Artículo 10. Criterios de utilización de los servicios automovilísticos de las unidades del Parque Móvil en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.
- Artículo 11. Servicios de representación.
- Artículo 12. Servicios generales y ordinarios.
- Artículo 13. Servicios extraordinarios.
- Artículo 14. Vehículos oficiales.
- Artículo 15. Conductores de vehículos oficiales.
- Disposición adicional única. Servicios prestados por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Disposición transitoria única. Tarifas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Instrucciones.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


