Legislación › Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears.
Artículo 30. Entidades representativas del sector pesquero.
Artículo 30. Entidades representativas del sector pesquero.
Las cofradías de pescadores y sus federaciones, las organizaciones de productores, las organizaciones sindicales de profesionales del sector y el resto de entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, tienen la consideración de entidades representativas a efectos de la interlocución y colaboración en la toma de decisiones que puedan afectar los intereses que representan.


