Legislación › Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears.
Artículo 65. Mejora de la calidad de los productos pesqueros.
Artículo 65. Mejora de la calidad de los productos pesqueros.
El Gobierno de las Illes Balears, en la elaboración de las medidas de fomento de la pesca, el marisqueo y la acuicultura y de las normas que afecten la comercialización de los productos, debe perseguir mejorar su calidad, con el fin de incrementar su valor añadido y de favorecer un aprovechamiento eficaz de los recursos.


