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Legislación › Ley 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 22. Autorización de explotación.

Artículo 22. Autorización de explotación.

La puesta en servicio de un parque eólico requerirá la previa obtención de la autorización de explotación, que se resolverá de acuerdo con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y demás normas de desarrollo, estatales y autonómicas.

Se modifica por el art. 17.8 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2015-685

Redacciones de este artículo

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1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-685 Leer Qué cambió
17 de julio de 2014 Texto original Leer

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