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Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.

En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 28 de diciembre de 2013 · Último cambio el 28 de diciembre de 2013 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del Estatuto de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad.
  3. Disposición adicional primera. Comienzo de las actividades de ADIF-Alta Velocidad.
  4. Disposición adicional segunda. Sucesión de empresas.
  5. Disposición adicional tercera. Habilitaciones de personal.
  6. Disposición adicional cuarta. Continuidad de las encomiendas hechas a la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
  7. Disposición adicional quinta. Plan de Contingencias.
  8. Disposición adicional sexta. Ejercicio económico.
  9. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  10. Disposición final primera. Modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre.
  11. Disposición final segunda. Inventario de bienes.
  12. Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
  13. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  14. Firma
  15. Estatuto
  16. CAPÍTULO I
  17. Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
  18. Artículo 2. Autonomía de gestión.
  19. CAPÍTULO II
  20. Sección 1
  21. Artículo 3. Competencias y funciones de ADIF-Alta Velocidad.
  22. Artículo 4. Convenios.
  23. Artículo 5. Redes de telecomunicaciones.
  24. Sección 2
  25. Artículo 6. Proyectos y construcción.
  26. Artículo 7. Expropiaciones.
  27. Artículo 8. Puesta en funcionamiento de la infraestructura ferroviaria.
  28. Sección 3
  29. Artículo 9. Ámbito.
  30. Artículo 10. Mantenimiento de la infraestructura ferroviaria.
  31. Artículo 11. Explotación de la infraestructura ferroviaria y gestión de los sistemas de control, de circulación y de seguridad.
  32. Artículo 12. La gestión de un registro telemático por ADIF-Alta Velocidad.
  33. Sección 4
  34. Artículo 13. Régimen jurídico de la contratación en ADIF-Alta Velocidad.
  35. CAPÍTULO III
  36. Artículo 14. Órganos de gobierno.
  37. Artículo 15. El Consejo de Administración.
  38. Artículo 16. Competencias del Consejo de Administración.
  39. Artículo 17. Delegación de competencias por el Consejo de Administración.
  40. Artículo 18. Comisiones Delegadas.
  41. Artículo 19. Convocatoria y quórum del Consejo de Administración.
  42. Artículo 20. Adopción de acuerdos.
  43. Artículo 21. Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración.
  44. Artículo 22. Régimen jurídico aplicable al Consejo.
  45. Artículo 23. El Presidente.
  46. Artículo 24. Adopción excepcional de acuerdos.
  47. Artículo 25. El Secretario.
  48. Artículo 26. El Director General.
  49. CAPÍTULO IV
  50. Artículo 27. Régimen del personal.
  51. Artículo 28. Incompatibilidades.
  52. Artículo 29. Competencias en materia de personal.
  53. CAPÍTULO V
  54. Artículo 30. Patrimonio de la entidad.
  55. Artículo 31. Desafectación.
  56. Artículo 32. Inventario.
  57. CAPÍTULO VI
  58. Sección 1
  59. Artículo 33. Recursos de ADIF-Alta Velocidad.
  60. Sección 2
  61. Artículo 34. Afectación del importe de las tasas y los cánones ferroviarios.
  62. Artículo 35. Operaciones financieras.
  63. Artículo 36. Contabilidad.
  64. Artículo 37. Control de eficacia.
  65. Artículo 38. Control económico y financiero.
  66. Sección 3
  67. Artículo 39. Elaboración del presupuesto.
  68. Artículo 40. Variación del presupuesto.
  69. Artículo 41. Cuentas anuales.
  70. Artículo 42. Aplicación de resultados.
  71. Artículo 43. Régimen tributario.