LexTotal

Legislación › Real Decreto 995/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.

Disposición adicional primera. Obligación de colaboración con la Comisión de Estudio y Análisis de las Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA).

Disposición adicional primera. Obligación de colaboración con la Comisión de Estudio y Análisis de las Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA).

(Derogada).

Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto 1088/2020, de 9 de diciembre. BOE-A-2020-15874

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de diciembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-15874 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 Texto original Leer

← Artículo 28 Índice Disposición adicional segunda →