Legislación › Ley 3/2013, de 4 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja.
Artículo 4. Colegiación.
Artículo 4. Colegiación.
La incorporación al Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja será voluntaria, salvo que la legislación estatal aplicable establezca su obligatoriedad.


